Artículos

De Manual de Estilo DOG

(Diferenzas entre revisións)
Servizotraducion (Conversa | contribucións)
(Nova páxina: "==== Artículos ==== 1. Por norma general, su título se expresará de la seguiente forma: :Artículo 1. ''Objecto y ámbito de aplicación''. Observaciones sobre la expresi...")
Edición máis nova →

Revisión como estaba o 5 de marzo de 2012 ás 10:55

Artículos

1. Por norma general, su título se expresará de la seguiente forma:

Artículo 1. Objecto y ámbito de aplicación.

Observaciones sobre la expresión de los artículos:

– Numeración en cifras, en cardinales arábigos.
– Entre la expresión del artículo y el título se pondrá un punto (.) y no un punto y guión (.-).
– El título se expresará en letra cursiva y terminará siempre en punto.
– Entre el punto que sigue al número y el título se pondrá una tabulación.

2. Cuando se trate de normas que modifiquen otras, los artículos de las normas modificadoras se expresarán en ordinales, en letras, de la siguiente forma:

Artículo primero. Modificación de la Ley 4/2011, de 25 de abril, ...

Los artículos de las normas modificadas se expresarán de la manera indicada en el punto 1. La norma modificada irá entre «».

Ferramentas persoais
Xunta de Galicia