Normas generales de todos los textos

De Manual de Estilo DOG

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==== Criterios lingüísticos generales ====
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Los textos se deben redactar en un nivel de lenguaje culto, pero al mismo tiempo accesible, de manera clara, precisa y sencilla. La claridad y sencillez exigen respetar el orden normal de los elementos de la oración, prescindir de hipérbatos y evitar todo aquello que, sin aportar precisiones de contenido, complique o recargue innecesariamente la redacción: perífrasis superfluas (“ser de aplicación” por “aplicarse”), parejas de sinónimos léxicos y sintácticos (“cumplimiento de los fines y de las funciones establecidos”), epítetos triviales (“idónea cobertura” o “idónea publicidad”). En esa línea, se evitará el uso de formas de pasiva para aquellos casos en que el castellano tiene en las oraciones activas su forma más adecuada de expresión: (“…por el Pleno del Ayuntamiento se acordó” en vez de “…el Pleno del Ayuntamiento acordó” o “las tasas se abonarán por los interesados” en lugar de “los interesados abonarán las tasas”).
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Aquí recogemos una serie de pautas de estilo, relativas a aspectos formales, que se aplicarán en la edición del DOG
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Los formatos acordados se refieren al producto final, es decir, a los textos ya publicados. Pero obviamente, muchas de las cuestiones se intentará que sean aplicadas por los publicadores en la redacción de los originales. El resto serán revisadas y, en su caso, corregidas en el Servicio de Traducción y en la fase de edición y maquetación del DOG.
==== Formato electrónico ====
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Los documentos se enviarán en formatos compatibles con Microsoft Word de Office 2010, con extensiones .doc o .docx. Las tablas y relaciones podrán tener la extensión .xls. En su defecto, los documentos deberán ser siempre enviados en formatos editables y convertibles para la edición.
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* Los documentos se envieen para publicar en el DOG lo serán en formatos compatibles con Microsoft Word de Office 2010, con extensiones ".doc" o ".docx".
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* Las tablas y relaciones podrán tener la extensión ".xls" (Mocrosoft Excel).
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* En todo caso, los documentos deberán ser siempre enviados en formatos editables y convertibles para la edición.
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* Sólo excepcionalmente se admitirán imágenes, que se reproducirán en el DOG tal como fueron enviadas. En estos casos, es inexcusable que el organismo responsable de la elaboración de las imágenes vele por la corrección lingüística de los textos que tales imágenes puedan contener. De no ser así, los textos remitifos al DOG poderán ser devueltos para su corrección.
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=== Tipo de letra, interlineado y justificación ===
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* En los documentos que se envién al DOG se utilizará el tipo de letra Arial, redonda y de tamaño 11; un interlineado de 15 pt y justificación completa.
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* Sólo en casos justificados se podrá hacer excepción a las normas anteriores.
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Respeto al uso de la mayúscula en inicial de palabra, vease el punto correspondiente de las normas lingüísticas.
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En cuanto al emplejo en otros contextos, es importante tener en cuenta:
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* Se expresarán con todos los carácteres en mayúscula:
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:– La primera palabra del sumario de los documentos: ORDEN de 10 de junio de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras...; RESOLUCIÓN de 9 de junio de 2011 por la que se les da publicidad a las ayudas...; ANUNCIO de información pública; etc.
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==== Tipo de letra ====
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:– Las fórmulas introductorias del tipo DISPONGO, RESUELVO, etc.
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En la totalidad de los documentos que se envíen al DOG se deberá utilizar el tipo de letra Arial que, salvo las excepciones que en este documento se nombrarán explícitamente, será redonda de tamaño 11.
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:– Las palabras TÍTULO, CAPÍTULO y ANEXO cuando encabecen las correspondientes partes en que se dividen algunos textos.
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==== Interlineado ====
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:– Las siglas: DOG, BOE, OCDE, ...
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Excepto en el caso de excepciones concretas y que serán debidamente nombradas y explicadas en este documento, en la totalidad de los documentos que se envíen al DOG se deberá utilizar una separación de 1,5 entre renglones.
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:– En los acrónimos sólo se expresará en mayúscula la primera letra: Inega, Sergas, Seaga, etc. Para más detalles, véaxe el capítulo correspondientes a la abreviación.
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==== Justificación ====
 
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En la totalidad de los documentos que se envíen al DOG, salvo las excepciones que en este documento se nombrarán explícitamente, se deberá utilizar justificación completa.
 
==== Letra Cursiva ====
==== Letra Cursiva ====

Revisión como estaba o 5 de marzo de 2012 ás 08:43

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Contenido de esta sección

Aquí recogemos una serie de pautas de estilo, relativas a aspectos formales, que se aplicarán en la edición del DOG

Los formatos acordados se refieren al producto final, es decir, a los textos ya publicados. Pero obviamente, muchas de las cuestiones se intentará que sean aplicadas por los publicadores en la redacción de los originales. El resto serán revisadas y, en su caso, corregidas en el Servicio de Traducción y en la fase de edición y maquetación del DOG.

Formato electrónico

  • Los documentos se envieen para publicar en el DOG lo serán en formatos compatibles con Microsoft Word de Office 2010, con extensiones ".doc" o ".docx".
  • Las tablas y relaciones podrán tener la extensión ".xls" (Mocrosoft Excel).
  • En todo caso, los documentos deberán ser siempre enviados en formatos editables y convertibles para la edición.
  • Sólo excepcionalmente se admitirán imágenes, que se reproducirán en el DOG tal como fueron enviadas. En estos casos, es inexcusable que el organismo responsable de la elaboración de las imágenes vele por la corrección lingüística de los textos que tales imágenes puedan contener. De no ser así, los textos remitifos al DOG poderán ser devueltos para su corrección.


Tipo de letra, interlineado y justificación

  • En los documentos que se envién al DOG se utilizará el tipo de letra Arial, redonda y de tamaño 11; un interlineado de 15 pt y justificación completa.
  • Sólo en casos justificados se podrá hacer excepción a las normas anteriores.


Letra mayúscula

Respeto al uso de la mayúscula en inicial de palabra, vease el punto correspondiente de las normas lingüísticas.

En cuanto al emplejo en otros contextos, es importante tener en cuenta:

  • Se expresarán con todos los carácteres en mayúscula:
– La primera palabra del sumario de los documentos: ORDEN de 10 de junio de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras...; RESOLUCIÓN de 9 de junio de 2011 por la que se les da publicidad a las ayudas...; ANUNCIO de información pública; etc.
– Las fórmulas introductorias del tipo DISPONGO, RESUELVO, etc.
– Las palabras TÍTULO, CAPÍTULO y ANEXO cuando encabecen las correspondientes partes en que se dividen algunos textos.
– Las siglas: DOG, BOE, OCDE, ...
– En los acrónimos sólo se expresará en mayúscula la primera letra: Inega, Sergas, Seaga, etc. Para más detalles, véaxe el capítulo correspondientes a la abreviación.


Letra Cursiva

Es aconsejable referirse a los apartados Sumario o Título, Artículos, Secciones, Subsecciones y Nombres propios para encontrar una descripción detallada de cada uno de los elementos para los cuales se debe utilizar la letra cursiva.

Letra negrita

Es aconsejable referirse a los apartados Cabecera, Títulos, Capítulos y Anexos para encontrar una descripción detallada de cada uno de los elementos para los cuales se debe utilizar la letra cursiva.

Letra versaleta

La letra versaleta es un recurso de formatación que ya no se empleará en la nueva versión electrónica del DOG. Se permitirá solo su uso en documentos anexos, que así estén formateados, y en las citas de textos antiguos del DOG en que aún estaba vigente su uso.

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