Normas generales de todos los textos
De Manual de Estilo DOG
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Criterios lingüísticos generales
Los textos se deben redactar en un nivel de lenguaje culto, pero al mismo tiempo accesible, de manera clara, precisa y sencilla. La claridad y sencillez exigen respetar el orden normal de los elementos de la oración, prescindir de hipérbatos y evitar todo aquello que, sin acercar precisiones de contenido, complique o recargue innecesariamente la redacción: perífrasis superfluas (“ser de aplicación” por “aplicarse”), parejas de sinónimos léxicos y sintácticos (“cumplimiento de los fines y de las funciones establecidos”), epítetos triviales (“idónea cobertura” o “idónea publicidad”). En esa línea, se evitará el uso de formas de pasiva para aquellos casos en que el castellano tiene en las oraciones activas su forma más adecuada de expresión: (“…por el Pleno del Ayuntamiento se acordó” en vez de “…el Pleno del Ayuntamiento acordó” o “las tasas se abonarán por los interesados” en lugar de “los interesados abonarán las tasas”).
Formato electrónico
Los documentos se enviarán en formatos compatibles con Microsoft Word de Office 2010, con extensiones .doc o .docx. Las tablas y relaciones podrán tener la extensión .xls. En su defecto, los documentos deberán ser siempre enviados en formatos editables y convertibles para la edición.
Tipo de letra
En la totalidad de los documentos que se envíen al DOG se deberá utilizar como tipo de letra Arial que, salvo las excepciones que en este documento se nombrarán explícitamente, será redonda de tamaño 11.
Interlineado
Excepto en el caso de excepciones concretas y que serán debidamente nombradas y explicadas en este documento, en la totalidad de los documentos que se envíen al DOG se deberá utilizar una separación de 1,5 entre renglones.
Justificación
En la totalidad de los documentos que se envíen al DOG, salvo las excepciones que en este documento se nombrarán explícitamente, se deberá utilizar justificación completa.
Letra Cursiva
Es aconsejable referirse a los apartados Sumario o Título, Fórmula Introductoria, Artículos y Apéndice de Nombres propios para encontrar una descripción detallada de cada uno de los elementos para los cuales se debe utilizar la letra cursiva.
Letra negrita
Es aconsejable referirse a los apartados Cabecera, Subdivisiones de los textos normativos y Anexos para encontrar una descripción detallada de cada uno de los elementos para los cuales se debe utilizar la letra cursiva.
Letra versaleta
La letra versaleta es un recurso de formatación que ya no se empleará en la nueva versión electrónica del DOG. Se permitirá solo su uso en documentos anexos, que así estén formateados, y en las citas de textos antiguos del DOG en que aún estaba vigente su uso.