Elementos constantes de la estructura general de los textos
De Manual de Estilo DOG
Páginas principales |
Todos los documentos publicados en el DOG tienen una estructura común, que es la siguiente: cabecera, cuerpo del documento, cierre y anexos.
Índice |
Cabecera
Los documentos aparecen publicados en el DOG con varios elementos fijos en la cabecera:
Sección
Las secciones agrupan los distintos tipos de disposiciones y anuncios. El título de cada sección va precedido de numeración romana (I. Disposiciones generales; II. Autoridades y personal; etc.). La clasificación de los documentos en las diferentes secciones compete a la Unidad de Gestión del DOG.
Organismo que publica
Se indicará siempre el nombre de la entidad que emite el documento. Sólo podrán ser entidades emisoras las que aparecen en la relación que figura en el portal de envío telemático de documentos. La selección de la entidad emisora corresponde al propio organismo emisor.
Al indicar el organismo publicador, en necesario prestar especial atención al hecho de que el documento pueda aparecer bajo el epígrafe de un organismo dependiente de una unidad superior o bajo esta última. Es dicir, un documento puede aparecer publicado bajo el epígrafe de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia o bajo el epígrafe de la Escuela Gallega de Administración Pública; o bajo la Consellería del Medio Rural y del Mar o de Puertos de Galicia. En estos casos, será el organismo autónomo la entidad dependiente de la consellería el que se seleccionará; no la consellería.
Formato:
- • Mayúsculas negras, interlineado 15 pt, sin sangría
- • Justificación: izquierda
- • Sangría: sin sangría
- • Espacio antes de párrafo: 5 mm
Ejemplos:
{mayúsculas negras; interlineado 15 pt; sin sangría; justificación izquierda; espacio después de párrafo 5 mm}
ESCUELA GALLEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Sumario
El sumario o título del documento es un extracto que adelanta el contenido de la disposición. En el se indicará la entidad, de existir, dependiente de la entidad emisora responsable de la publicación del documento. El sumario deberá siempre contener los siguientes datos:
+ [resumen que adelante el contenido de la publicación] + [número de expediente o referencia, de haberlo]
Estas son algunas observaciones que se tendrán en cuenta en la redacción de sumarios:
- – En los decretos se expresará el número, seguido de una barra oblicua (/) y la fecha, entre comas. El número del decreto será asignado por la Unidad de Gestión del DOG.
- – En las fechas, el día y el año se expresarán en cifras y el mes, en letra. En gallego, la fecha irá precedida de la contracción "do"; en castellano, de la preposición "de". Después del año no se pondrá coma, a no ser que se exprese la denominación de la entidad que emite el documento. En el año no se pondrá punto para separar la unidad de millar del resto.
- – En los sumarios no se deberá dar más información que la estrictamente necesaria para orientar sobre el tema de la disposición. Se evitarán aquellos datos que son más propios del cuerpo del documento.
- – Los edictos y cédulas de los juzgados irán identificados siempre con el número de autos o sentencia; en caso, de ayuntamientos y demás entes publicadores se dará alguna información genérica (convocatoria de una plaza, licencia de obras, aprobación de un plan de ordenación,...) que pueda identificar el documento. Cuando lo haya, se pondrá, además, el número de expediente.
- – El número de expediente, en caso de haberlo, se expresará entre paréntesis, poniendo la palabra expediente en forma completa y en minúsculas. El número del expediente se respetará siempre en la forma en que lo indiquen los organismos publicadores. Esto quiere decir que el año puede aparecer en forma completa (2011) o abreviada (11), y que la secuencia puede contener símbolos diferentes. Por ejemplo: «expediente IN407A 155/2011»; «expediente IN407A 2011/173-4»; «expediente 12-20-11-C.1»; etc.
- – Sumarios de las correcciones de errores. Se pondrá la expresión CORRECCIÓN de errores, seguida de punto y, a continuación, el título exacto de la disposición que se corrige, enunciado de la misma forma que salió publicado.
- – El sumario o título acabará siempre en punto, aún que sea muy breve.
Formato de los sumarios:
- • Justificación: completa
- • Sangría: francesa izquierda a 15 mm
- • Interlineado: 15 pt
- • Tipo de letra: cursiva
Ejemplos:
Usos incorrectos | Usos correctos | Observaciones |
Decreto 107/2.011 de diecinueve de mayo por el que se regula el contenido de los registros públicos de profesionales sanitarios y del Sistema de Información de Profesionales Sanitarios de Galicia | DECRETO 107/2011, de 19 de mayo, por el que se regula el contenido de los registros públicos de profesionales sanitarios y del Sistema de Información de Profesionales Sanitarios de Galicia. | – La fecha está mal expresada: debe ir entre comas, con el día en cifra y no en letra.
– En el año no se pone punto. – El título debe acabar en punto. |
RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2011, por la que se abre el plazo de presentación de solicitudes para elaboración de listas para el desempeño transitorio de puestos reservados a funcionarios de la escala de inspección urbanística, de la escala de subinspección urbanística y de la escala técnica de consumo. | RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2011, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se abre el plazo de presentación de socitudes para elaboración de listas para el desempeño transitorio de puestos reservados a funcionarios de la escala de inspección urbanística, de la escala de subinspección urbanística y de la escala técnica de consumo. | – Debe expresarse, entre comas, el nombre de la dirección general que emite el documento, pues este irá firmado por su titular y no por la persona responsable de la consellería. |
CÉDULA de 15 de febrero de 2011, del Servicio de Mobilidad de Ourense, por la que se notifican los acuerdos de incoación de expedientes sancionadores por infracción de la normativa vigente en materia de transportes terrestres, devueltos por el servicio de Correos porque intentada la notificación no se pudo efectuar. (Expte. OU-00037-O-2011). | CÉDULA de 15 de febrero de 2011, del Servicio de Mobilidad de Ourense, por la que se notifican los acuerdos de incoación de expedientes sancionadores (expediente OU-00037-O-2011). | – El sumario de la primera columna es excesivamente largo.
– La expresión del expediente debe hacerse en la forma que aparece en la columna central, sin punto antes del paréntesis y con la palabra expediente completa y en inicial minúscula. |
EDICTO | EDICTO (25/2010). | – Debe ponerse, entre paréntesis, la referencia al número del procedimiento.
– Debe ponerse punto al final. |
ANUNCIO.
ANUNCIO de solicitud de licencia municipal solicitada por ... para la instalación y apertura de un hotel en la plaza de la Constitución del ayuntamiento de ... | ANUNCIO de solicitud de una licencia municipal (expediente 45/2011). | – El sumario no debe ser tan escueto que sólo ponga el nome del documento, ni tan extenso que incluya datos que son propios del cuerpo de este.
– Como hay un número de expediente, lo indicamos. |
Corrección de errores.-Resolución de 31 de mayo de 2011, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se abre el plazo de presentación de socitudes para elaboración de listas para el desempeño transitorio de puestos reservados a funcionarios de la escala de inspección urbanística, de la escala de subinspección urbanística y de la escala técnica de consumo. | CORRECCIÓN de errores. Resolución de 31 de mayo de 2011, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se abre el plazo de presentación de socitudes para elaboración de listas para el desempeño transitorio de puestos reservados a funcionarios de la escala de inspección urbanística, de la escala de subinspección urbanística y de la escala técnica de consumo. | – El enunciado de la disposición que se corrige se pondrá exactamente igual que cuando salió publicada. |
Cuerpo del documento
El cuerpo de la mayoría de los documentos consta de dos partes diferenciadas: parte expositiva y parte dispositiva.
Tanto una como otra tendrán el siguinte formato:
- • Justificación: completa.
- • Sangría: 5 mm primera línea de párrafo.
- • Separación entre párrafos: 5 mm anterior.
- • Interlineado: 15 pt.
- • Tipo de letra: redonda.
Fórmula introductoria
La fórmula introductoria de la parte dispositiva deberá ser expresada, en caracteres en mayúsculas, en primera o tercera persona (RESUELVO o RESUELVE). La tercera persona se utilizará cuando el sujeto que aparezca al final de la parte expositiva sea de una forma semejante a “esta secretaría general” o “esta dirección general”.
En caso de disposiciones conjuntas, esta fórmula irá en plural: RESOLVEMOS, ACORDAMOS, etc.
Formato:
- • Justificación: centrada.
- • Sangría: no.
- • Separación entre párrafos: 5 mm anterior.
- • Tipo de letra: redonda.
Ejemplos:
{mayúsculas, redonda, just. centrada, espaciado párrafos 5 mm anterior}
DISPONEMOS:
(en disposiciones conjuntas)
RESUELVE:
{mayúsculas, redonda, just. centrada, espaciado párrafos 5 mm anterior}
Subdivisiones de los textos normativos
En función de la extensión y de la complejidad de los textos, pueden aparecer distintos niveles de subdivisión (títulos, capítulos, secciones, subsecciones, artículos, números, líneas, etc.).
Títulos y capítulos
Su título se expresará de la seguiente forma:
Disposiciones generales
CAPÍTULO II
Organización y funcionamientoSecciones y subsecciones
Su título se expresará de lo seguiente forma:
Subsección 1.ª Otras disposiciones
Artículos
1. Por norma general, su título se expresará de la seguiente forma:
- Artículo 1. Objecto y ámbito de aplicación.
Observaciones sobre la expresión de los artículos:
- – Numeración en cifras, en cardinales arábigos.
- – Entre la expresión del artículo y el título se pondrá un punto (.) y no un punto y guión (.-).
- – El título se expresará en letra cursiva y terminará siempre en punto.
- – Entre el punto que sigue al número y el título se pondrá una tabulación.
2. Cuando se trate de normas que modifiquen otras, los artículos de las normas modificadoras se expresarán en ordinales, en letras, de la siguiente forma:
- Artículo primero. Modificación de la Ley 4/2011, de 25 de abril, ...
Los artículos de las normas modificadas se expresarán de la manera indicada en el punto 1. La norma modificada irá entre «».
Otras subdivisiones
En determinadas normas y anuncios, la subdivisión no se hace mediante artículos sino directamente en párrafos.
También puede aparecer una subdivisión en párrafos precedidos de números ordinales en letras, del tipo:
Primero. Ordenar su registro y depósito [...]
Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
En documentos que recogen, por ejemplo, las bases de un concurso o de una convocatoria, los distintos párrafos se numeran en ordinales, en letras, de la siguiente manera:
Primero. Acceso.
[...]
Segundo. Órganos competentes para resolver los procesos de admisión.
[...]
Subdivisión de los artículos y de los párrafos
En la publicación de disposiciones y anuncios se respetarán, en principio, las subdivisiones establecidas por los publicadores.
La subdivisión más habitual es la consistente en párrafos precedidos de numerales arábigos. De haber un sólo párrafo, no se numera.
Cuando, a su vez, deba subdividirse un párrafo precedido de números arábigos, se hará en párrafos señalados con letras minúsculas, ordenadas alfabeticamente: a), b), c). Y cuando se produzca dentro de estos una nueva subdivisión, estas irán precedidas de ordinales arábigos: 1.º, 2.º,... o 1.ª, 2.ª,...
Para la expresión en cifra de los ordinales se observará la regla que estipula la grafía de un punto precediendo el superíndice (1.º y 1.ª, y no 1º y 1ª).
También cabe la posibilidad de que distintas subdivisiones de un párrafo vayan precedidas de una raya (–).
No se utilizarán, sin embargo, marcas de subdivisión distintas de esta raya [guión corto (-), asterisco (*), etc.].
Ejemplos:
Uso incorrecto | Uso correcto |
---|---|
Ejemplo 1. Texto con una división en artículos y varias subdivisiones: | |
Artículo 8.- Comisión de valoración.
1.- La comisión de valoración será el órgano colegiado encargado de valorar las solicitudes de acuerdo con los criterios objetivos fijados en el artículo siguiente, así como de proponer la concesión o denegación de las subvenciones a los interesados. 2.- La composición de la comisión de valoración será la siguiente: a) El/la subdirector/a general de Gestión, Fomento y Cooperación, que la presidirá. b) Los/las jefes/as del Servicio de Turismo de cada una de las jefaturas territoriales de la Consellería de Cultura y Turismo. c) El/la jefe/a del Servicio de Cooperación Institucional, Promoción y Formación, de la Secretaría General para el Turismo, que ejercerá las funciones de secretario/a. | Artículo 8. Comisión de valoración.
1. La comisión de valoración será el órgano colegiado encargado de valorar las solicitudes de acuerdo con los criterios objetivos fijados en el artículo siguiente, así como de proponer la concesión o denegación de las subvenciones a los interesados. 2. La composición de la comisión de valoración será la siguiente: a) El/la subdirector/a general de Gestión, Fomento y Cooperación, que la presidirá. b) Los/las jefes/as del Servicio de Turismo de cada una de las jefaturas territoriales de la Consellería de Cultura y Turismo. c) El/la jefe/a del Servicio de Cooperación Institucional, Promoción y Formación, de la Secretaría General para el Turismo, que ejercerá las funciones de secretario/a. |
Ejemplo 2. Subdivisión de un número en dos niveles: | |
2.- Objeto del contrato:
a) Tipo: suministros. b) Descripción: suministración de equipamiento básico de mobiliario para el laboratorio de investigación del CHUS. c) División por lotes y número de lotes/número de unidades: véanse pliegos. d) Lugar de ejecución/entrega: 1) Domicilio: Complejo Hospitalario Universitario, A Choupana, s/n. 2) Localidad y código postal: 15706 Santiago de Compostela. e) Plazo de ejecución/entrega: un mes, desde la fecha de la firma del contrato. f) Admisión de prórroga: no. | 2. Objeto del contrato:
a) Tipo: suministros. b) Descripción: suministración de equipamiento básico de mobiliario para el laboratorio de investigación del CHUS. c) División por lotes y número de lotes/número de unidades: véanse pliegos. d) Lugar de ejecución/entrega: 1.º Domicilio: Complejo Hospitalario Universitario, A Choupana, s/n. 2.º Localidad y código postal: 15706 Santiago de Compostela. e) Plazo de ejecución/entrega: un mes, desde la fecha de la firma del contrato. f) Admisión de prórroga: no. |
Ejemplo 3. Subdivisión con rayas: | |
Documentos que constan en el expediente:
-Acta de infracción. -Justificantes de las notificaciones. | Documentos que constan en el expediente:
– Acta de infracción. – Justificantes de las notificaciones. |
Ejemplo 4. Subdivisión de una resolución mediante ordinales: | |
En consecuencia, esta consellería
Primero.- Resolver la convocatoria pública efectuada por la orden de esta consellería de 17 de marzo de 2011 [...] Segundo.- El cese en el actual destino se efectuará [...] En consecuencia, esta consellería 1.- Resolver la convocatoria pública efectuada por la orden de esta consellería de 17 de marzo de 2011 [...] 2.- O cesamento no actual destino efectuarase [...] | En consecuencia, esta consellería
Primero. Resolver la convocatoria pública efectuada por la orden de esta consellería de 17 de marzo de 2011 [...] Segundo. El cese en el actual destino se efectuará [...] |
Todas las marcas de subdivisión irán separadas del texto con una tabulación.
Las divisiones o subdivisiones que correspondan al mismo nivel se agruparán entre si con un interlineado simple; el espacio entre párrafos será de 5 mm en cada nuevo nivel de subdivisión. Tedrán las mismas márgenes que el resto del texto.
En la ordenación de párrafos con letras se utilizarán todas las letras simples del alfabeto, incluidas la "j", la "ñ" y la "w", pero no los dígrafos "ch" y "ll".
Formato:
- • Justificación: completa.
- • Sangría: 5 mm primera línea de párrafo.
- • Interlíneado: 15 pt.
- • Separación entre párrafos: simple.
- • Separación entre bloques: 5 mm.
En caso de que por la complejidad de subdivisión del documento se tenga que utilizar una subdivisión con numeración romana en minúsculas (i, ii, iii...), esta subdivisión se estructurará igualmente con punto (por ejemplo «i.»), nunca con paréntesis que pueda llevar a confusión con letras.
Se evitará el empleo de guiones o de rayas en casos como los siguientes:
- Tribunal titular:
- Presidenta: Mónica M.ª Castro Pérez.
- Secretario: Roberto Pérez Fonte.
- Vocales:
- Guillermina Núñez Rodríguez.
- Jesús Lata Buceta.
- José Antonio Grandas Arias.
Disposiciones adicionales, transitorias y finales
De haber varias, se expresarán numerándolas en ordinales escritos en letra.
Se expresarán de la siguiente forma, según tengan título o no:
- Disposición adicional primera. Normativa que se deroga.
- Disposición final.
- Esta disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOG.
Ejemplo:
Uso incorrecto | Uso correcto |
---|---|
Única.-Prórroga del mandato de los órganos de gobierno de determinados consejos reguladores. Se prorroga el mandato de los órganos de gobierno de los consejos reguladores de las denominaciones de origen Queso Tetilla, Arzúa-Ulloa, San Simón da Costa y Cebreiro y de la indicación geográfica protegida Lacón Gallego. Dicha prórroga se estenderá hasta el día de la toma de posesión de los nuevos vocales eligidos despúes de la convocatoria electoral correspondiente y tendrá, en todo caso, una duración máxima de un año. Disposiciones finales Primera.- Facultad de desarrollo. Se faculta al secretario general de Medio Rural y Montes para dictar cuantas instrucciones sean precisas para la ejecución de esta orden. Segunda.- Entrada en vigor. Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia. | Disposición adicional única. Prórroga del mandato de los órganos de gobierno de determinados consejos reguladores.
Se prorroga el mandato de los órganos de gobierno de los consejos reguladores de las denominaciones de origen Queso Tetilla, Arzúa-Ulloa, San Simón da Costa y Cebreiro y de la indicación geográfica protegida Lacón Gallego. Dicha prórroga se estenderá hasta el día de la toma de posesión de los nuevos vocales eligidos después de la convocatoria electoral correspondiente y tendrá, en todo caso, una duración máxima de un año. Disposición final primera. Facultad de desarrollo. Se faculta al secretario general de Medio Rural y Montes para dictar cuantas instrucciones sean precisas para la ejecución de esta orden. Disposición final segunda. Entrada en vigor. Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia. |
Cierre
El cierre del documento se compone de dos piezas de información:
- Expresión de la fecha.
- Expresión del cargo que firma
Expresión de la fecha
La más general es la que tiene la siguiente secuencia: lugar + día (en número) + mes (en letra y en minúscula) + año (en número de cuatro dígitos, precedido de de).
Los anuncios de ayuntamientos se atendrán a esta norma general: "Verín, 12 de mayo de 2011."
También los de los juzgados cuando la fecha vaya expresada de forma aislada: "A Coruña, 21 de junio de 2011."
Si la fecha va integrada en una fórmula de cierre, se pondrá de la siguiente forma: "Y para que conste, expido esta cédula en A Coruña a ventiuno de junio de dos mil once".
En leyes y decretos la fecha debe aparecer desarrollada siempre en letra, como norma general: "Santiago de Compostela, quince de febrero de dos mil doce."
Formato:
- • Justificación: justificada.
- • Sangría: 5 mm primera línea de párrafo.
- • Separación entre párrafos: 5 mm.
- • Interlineado: 15 pt.
- • Tipo de letra: redonda.
Formateo:
- {letra redonda, sangría primera línea 5 mm y espacio párrafo anterior 5 mm}
Ejemplos:
Forma general: |
|
Integrada en una fórmula de cierre: |
|
Leyes y decretos: |
|
Observaciones sobre la expresión de la fecha:
– Los topónimos deben expresarse en su forma completa: Santiago de Compostela, Vilagarcía de Arousa y As Pontes de García Rodríguez, y no, respectivamente, Santiago de C., Vilagarcía de A. y As Pontes.
– Antes del lugar en que se firma no se pondrá la preposición "en" y antes de la fecha no se pondrá la preposición "a".
Expresión del cargo que firma
1. La expresión del cargo firmante, en los casos más generales, se compone de dos piezas de información:
- Nombre de la persona firmante (responsable de la entidad emisora del documento).
- Nombre del cargo completo (debe coincidir con el cargo responsable de la entidad emisora del documento).
Formato:
- • Justificación: centrada.
- • Sangría: no.
- • Separación entre párrafos: 5 mm.
- • Interlineado: 15 pt.
- • Tipo de letra: redonda.
Ejemplo:
- Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su notificación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
- Santiago de Compostela, 13 de febrero de 2012.
-
Agustín Hernández Fernández de Rojas -
Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras
-
-
{letra redonda, justificación centrada, interlineado simple}
-
2. En los decretos, la firma constará de dos niveles:
- Primero deberá firmar la persona que desempeñe la presidencia de la Xunta de Galicia. Esta firma tendrá justificación centrada.
- Después firmará la persona responsable de la consellería correspondiente a la materia sobre la que se propone dicha norma. Esta firma tendrá justificación izquierda.
Veamos un ejemplo:
- Disposición final.
- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
- Santiago de Compostela, dieciseis de febrero de dos mil doce.
- Alberto Núñez Feijóo
- Presidente
- Presidente
- Alberto Núñez Feijóo
- {letra redonda, just. centrada, interlineado 15 pt, espaciado párrafo anterior 5 mm}
- Rosa María Quintana Carballo
- Conselleira del Medio Rural y del Mar
- {letra redonda, just. izquierda, interlineado 15 pt, espaciado párrafo anterior 5 mm}
- Rosa María Quintana Carballo
3. Las disposiciones de carácter conjunto, en las cuales son varios los organismos emisores, se publican bajo el epígrafe de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia y su firma lleva en paralelo el nombre y el cargo de sus responsables según el orden xerárquico de rango de consellerías o demás entidades.
Ejemplo:
Bajo un epígrafe de este tipo:
- CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y JUSTICIA
- ORDEN conjunta de 14 de abril de 2009, de las consellerías del Medio Rural y de Sanidad, por la que se regula la formación de las personas que realizan actividades relacionadas con la manipulación y aplicación de productos fitosanitarios en la Comunidad Autónoma de Galicia y se crea la Comisión Técnica de Productos Fitosanitarios.
Se correspondería una firma en paralelo como se observa a continuación:
-
Conselleiro del Medio Rural Conselleira de Sanidad
De haber más organismos, seguirán el orden de aparición en sumario o título del documento.
4. En ausencia de la persona responsable de la entidad emisora (P.A.) o en caso de que esta delegue en otra persona (P.D. o P.S.), se deberá indicar esta situación en la firma, especificando el cargo de la persona que firma, además de citar al completo la norma de delegación o sustitución (en este caso las fechas se citarán separadas por puntos).
Por ejemplo, en una resolución de la Consellería del Medio Rural, el conselleiro delega en el secretario general y eso se ve reflejado en la firma de la siguiente manera:
5. En los documentos en que ya se identifique en el inicio del cuerpo del documento el nombre y cargo de la persona responsable de la emisión, no es preciso repetirlo en la firma.
Por ejemplo, a los edictos de los juzgados que comiencen de la siguiente forma «María Blanco Aquino, secretaria del Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña,…», les correspondería una firma como la siguiente:
Observaciones sobre la expresión del nombre de la persona que firma:
- En los apellidos no se utilizarán abreviaturas: Fernández y no Fdez.
- En los nombres, se respetará la forma en que vengan expresados, pero la recomendación para los publicadores es que se expresen los nombres en forma completa.
Anexos
Los anexos irán siempre en el final del documento. En el cuerpo del documento se harán las referencias identificativas a ellos para facilitar su localización.
Se recomienda utilizar la parte de anexos única y exclusivamente para incluir formularios, documentos informativos adicionales, imágenes y tablas.
Los anexos deberán constar de dos piezas de información:
- Encabezamiento: se indicará, cuando haya más de un anexo, el número de anexo en números romanos.
- Título (irá centrado y en negrita).
Encabezado
ANEXO [número del anexo en números romanos]
Formato:
- • Justificación: centrada.
- • Sangría: no.
- • Separación entre párrafos: 5 mm anterior.
- • Interliñado: 15 pt.
- • Tipo de letra: redonda y en mayúsculas.
Título del anexo
Formato:
- • Justificación: centrada.
- • Sangría: no.
- • Separación entre párrafos: 2 mm anterior.
- • Interlineado: 15 pt.
- • Tipo de letra: redonda negrita.
Ejemplo:
Tablas
Las tablas, generalmente, irán incluidas en la sección de anexos y no en el cuerpo del documento. Por lo tanto, deberán siempre incluir un título identificativo para facilitar tanto su referencia dentro del cuerpo del texto como su fácil y rápida localización.
Las tablas deben ser enviadas por las entidades publicadoras en formatos editables compatibles con Microsoft Word o Excel para permitir correcciones ortotipográficas. Deberán tener un tipo de letra con un cuerpo mínimo de 6 puntos y máximo de 11.
El uso de las mayúsculas se deberá restringir al máximo posible, y nunca se deberán mezclar columnas en mayúsculas con columnas en minúsculas. De usarse, las letras mayúsculas, deberán acentuarse graficamente siempre que lo exijan las reglas de acentuación.
Las tablas deberán siempre incluir una primera fila en que se especifique el texto de título de cada una de sus columnas. Esta primera fila deberá tener un sombreado del 10% para facilitar la lectura de la tabla.
Si la longitud de una tabla supera una páxina completa, deberá continuar en la página inmediatamente posterior. En esta segunda página se deberá incluir de nuevo una primera fila de encabezado con sombreado del 10%, en que se especificará de nuevo el texto de título de las columnas.
Las tablas deberán siempre mantenerse dentro de los márgenes de la página y tener un ancho de celda adecuado para que el texto contenido en ella sea legible.
La separación entre las diferentes tablas de un mismo anexo deberá ser suficiente para permitir una rápida identificación de cada una de ellas.
Ejemplo de tabla:
Interesado/a | N.º expediente | Acto que se notifica | Ayuntamiento |
Álvarez Fernández, Vicente | IN635A 2010/263-1 | Resolución | Ribeira |
Onkawa Belleza, S.L. | IN635A 2010/276-1 | Alegaciones | A Coruña |
Bouza Gorgozo, Montserrat | IN635A 2010/350-1 | Alegaciones | Ferrol |
Figueroa Chao, Fernando | IN635A 2010/363-1 | Alegaciones | Sada |
Fernández García, Manuela | IN635A 2011/124-1 | Requerimiento de documentación | A Coruña |
Imágenes
Las imágenes, lo mismo que las tablas, son elementos que se deberán incluir, generalmente, en sección de anexos y no dentro del cuerpo del documento. Deberán, por tanto, incluir siempre un título identificativo para facilitar tanto su referencia dentro del cuerpo del texto como su fácil y rápida localización.
Exemplo:
Observaciones sobre las imágenes:
- El formato deberá ser JPG, PNG y GIF (nunca BMP).
- Si la imagen contiene texto se recomienda el uso de PNG y GIF, pués el renderizado del texto es mejor que en JPG y, así, se favorecerá la legibilidad del texto incluido en la imagen.
- Dada la dificultad de edición de imágenes, en caso de contener texto este deberá estar correctamente escrito según las normas ortográficas vigentes (tanto en gallego como en castellano). Se deberá hacer especial enfasis en la corrección de la toponimia incluida en el texto de las imágenes, que se deberá ajustar a las formas marcadas en el Nomenclator de Galicia.